Inseminación artificial en la seguridad social: ¿qué cubre y qué no cubre?

La seguridad social cuenta con unos recursos económicos concretos para Reproducción Asistida. Por este motivo y para poder garantizar al mayor número de parejas un tratamiento, tiene que poner una serie de limitaciones en cuanto a quién ofrecer o no tratamiento.  Este tipo de limitaciones afectan a todas las técnicas de reproducción, desde las más sencillas como la inseminación artificial, hasta las más complejas como la Fecundación In Vitro.

¿Hay limitación en cuanto a la edad para la inseminación artificial en la seguridad social?

La sanidad pública tiene establecido como límite de edad los 40 años en el caso de la mujer, y los 50 en los varones. Estos límites de edad se refieren al momento de iniciar el tratamiento, por lo que también hay que tener en cuenta el tiempo de la lista de espera. En el caso de inseminación artificial conyugal, ésta no suele ser excesivamente larga, por lo que este tema tiene menor importancia.

¿Las parejas con hijos previos pueden hacer inseminación artificial en la seguridad social?

En principio, la sanidad pública sólo ofrece tratamientos de reproducción asistida a las parejas que no tienen hijos en común. Sin embargo, existen ciertas circunstancias (hijos con enfermedades crónicas, uno sólo de los miembros de la pareja tiene hijos…) en las que se hace una valoración específica del caso y se pueden hacer excepciones. Generalmente, es competencia de cada hospital hacer esta valoración y tomar una decisión.

¿La inseminación artificial con semen de donante está cubierta por la seguridad social?

El Servicio Público de Salud ofrece la posibilidad de utilizar semen de donante en aquellos casos en los que, por un motivo médico, está desaconsejada la utilización del semen del cónyuge para inseminación artificial (problemas genéticos, ausencia de espermatozoides en el eyaculado siempre que no sea como consecuencia de una vasectomía…). La mayoría de los hospitales tienen convenio con bancos privados de semen. En los casos en que el varón tiene que ser sometido a un tratamiento que, previsiblemente, va a alterar considerablemente la calidad del semen (por ejemplo, quimioterapia) hay centros que ofrecen la posibilidad de congelar semen antes del tratamiento y guardarlo para el futuro.

¿Las mujeres sin pareja masculina o las parejas de lesbianas pueden hacer inseminación artificial con semen de donante en la sanidad pública?

La seguridad social limita los tratamientos de reproducción asistida a parejas con un diagnóstico de esterilidad. En este sentido, las mujeres sin pareja o las lesbianas, no podrían tener cubierta la inseminación artificial con semen de donante en la seguridad social.

Sin embargo, debido a lo polémico de estos temas y a las enormes connotaciones sociales que suscita, últimamente están cambiando algunos matices a este respecto. Lo más recomendable en estos casos es solicitar, a través del Médico de Atención Primaria una valoración en la Unidad de Reproducción del hospital de referencia. Es ahí donde te podrán informar sobre si se puede realizar o no el tratamiento.

Dra. Sylvia Fernández-Shaw Zulueta – Directora de URH García del Real

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Sylvia Fernández Shaw

Directora de la Unidad de Reproducción Asistida

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